MOROSOS
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Asunto: MOROSOS Publicado: Mie Dic 14, 2005 9:53 am |
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Debido a mi último trabajo, he tenido conocimiento de muchos casos de personas que se les niega la concesión de un crédito por estar incluídos en un "registro de morosos". A priori, no es raro que alguien que no pague sus deudas, se encuentre en esta situación, por lo menos a mí me parece bien. Lamentablemente he tenido ocasión de comprobar que existen casos en los que pagada la deuda, siguen figurando como morosos (en los registros legalmente llamados "servicios de información de solvencia patrimonial y crédito"), algunas personas que no lo son y esto sí que no puede ser.
Los datos de los particulares permanecen durante 6 años aquí (plazo máximo legal), salvo que nosotros nos preocupemos de arreglar la situación.
Para que se incluyan nuestros datos personales en un registro de estas características, debe existir una deuda no pagada y exigible, también prueba documental de este hecho y además, tienen que habernos requerido el pago varias veces sin conseguirlo.
Una vez incluido, además, tienen que notificártelo en un plazo de 30 días.
Existen varios registros de morosidad, siendo algunos de los más importantes:
• Asnef-Equifax
Plaza de Carlos Trías Beltrán, 7, 3ª planta, 28020 Madrid. Tf: 91.556 20 11.
• Centro de Cooperación Interbancaria (gestiona el RAI).
Edificio Proción, C/ Proción, 1. Carretera de La Coruña, km. 11,400, 28023 Madrid.Tf: 91. 308 29 32.
RAI. Tf: 91.372 92 62.
• Defensa del Crédito
C/ Conde de Peñalver, 38, 28006 Madrid.Tf :91.401 38 00.
• Seido, S.L.
Pº de la Castellana, 120, 8º. Letra D. Tf: 91.562 72 63.
La RAI y Asnef-Equifax son los más conocidos. Asnef engloba los archivos de las financieras españolas y Equifax se ha asociado con ellos, siendo uno de los grandes en Estados Unidos.
La RAI, es el Registro de Aceptaciones e Impagados. Decir que el Tribunal de Defensa de la Competencia ha denegado la autorización para su actividad.
En octubre de 1992, entró en vigor la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (LORTAD), y por medio de ella se creó la Agencia de Protección de Datos. Gracias a ésta última existe la posibilidad de cancelar o corregir en caso de no ser correctos, los datos integrados en un fichero de morosos. Se necesita prueba documental que contradiga los datos consignados en los ficheros y previamente a este paso, deberías haber reclamado al responsable de los mismos la cancelación o la rectificación del error, en caso de haberlo. Este derecho tiene que hacértelo efectivo en un plazo de 10 días.
Además las personas que se hayan visto perjudicadas por una vulneración de la normativa de protección de datos tienen derecho a una indemnización interponiendo una demanda ante la jurisdicción ordinaria, aunque se debería demostrar y cuantificar el perjuicio sufrido junto al coste que tiene el proceso.
• Agencia de Protección de Datos
Pº de la Castellana, 41, 28046 Madrid. Tf: 91.308 47 90.
Así que si te has comprado un televisor y te deniegan el crédito y no sabes por qué, si te has visto amenazado por alguna empresa de telefonía porque te has retrasado en el pago de alguna factura, si existen errores técnicos entre entidades bancarias que gestionan tus pagos, ten en cuenta lo que podría ocurrir y prepárate para afrontar una guerra, en muchos casos, sucia. |
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