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Asunto: Más sobre la Ley Anti-tabaco       Mensaje Publicado: Lun Dic 19, 2005 7:43 pm Responder citando
 
 
Más sobre la Ley Anti-Tabaco

El 1 de Enero, entra en vigor en España la nueva "Ley Anti-Tabaco". Hasta ahí, todo tranquilo, algo perfectamente normal. El problema comienza cuando a la memoria nos vienen las cazas de brujas y la "ardiente" dedicación del Santo Oficio.
"Prohibido fumar" en los centros de trabajo es algo que todos ( y yo fumo como dos carreteros) podemos entender. No tenemos por qué imponer nuestro humo al que no fuma, pero tampoco nos dejan un lugar para poder fumar. Además ¿si trabajo en un bar, donde los clientes fuman?¿si soy vigilante nocturno y trabajo solo?¿y si todos fumamos en mi trabajo?
Son situaciones rebuscadas, de acuerdo, pero reales. Lo más grave, es que se anima al resto de trabajadores a denunciar al infractor. Esto es lo que desencadenará la caza de brujas. Apartir de ahora, tus compañeros de trabajo tendrán un nuevo arma contra ti: podrán acusarte de fumar en el trabajo (a escondidas, por supuesto). Al principio, habrá problemas, es lo que creo, pero se nota un creciente integrismo "anti-tabaco" entre los no fumadores, que les lleva a querer hacer valer sus derechos por encima de los derechos de los fumadores, y eso nos conducirá a una marginación legal (que de hecho ha comenzado) y a una limitación en nuestros derechos como ciudadanos. Por el momento, comienzan a establecerse las prohibiciones y los nuevos ghetos donde nos "encerrarán" a los fumadores.
La entrada en vigor de la ley que prohibe fumar en los centros de trabajo cerrados se basara en una triple barrera de sistemas de control y sanción. El primero, serán los propios Comités de Empresa (Seguridad y Salud Laboral), que podrán sancionar al fumador por incumplir la ley. Por tanto, habrá que negociar los términos en los Reglamentos Internos o en los Convenios Colectivos, según sean empresas o sectores. El sistema será similar al usado para infracciones como el alcoholismo o el acoso laboral. Se alienta la denuncia por parte de los compañeros de trabajo. En casos "graves" se puede llegar al despido.
La segunda vía que CUALQUIERA puede tomar,es la denuncia a los Servicios de Inspección Laboral del Ministerio de Trabajo, de las autonomías o del municipio correspondiente. Si la denuncia llega a una instancia oficial, el fumador puede ser multado hata con 600€. Si se demuestra que la empresa permitió elcomportamiento ilegal del trabajador, su sanción puede llegar a los 10.000 €.
La tercera forma de hacer cumplir la ley, son las inspecciones de trabajo. En este caso, la actuación es la misma que cuando no se utiliza casco en una obra, o cuando no se usa extracción en zonas con sustancias volátiles.
Hace poco, oí a una mujer en la televisión hablando sobre el tema. Venía a decir que si te pillaban en el trabajo fumando, sería más práctico decir que te estabas fumando un porro, ya que así sería una "falta" (contra la salud pública) no penada por la ley y no un "delito". Esto sería ya el colmo.
A partir de Enero, tendré que mirar si el bar en el que entro es para fumadores o, al menos, tiene zona para nosotros, o si es un lugar "libre de humos".
Seguro que mientras espero el autobús, entre el humo de los escapes del tráfico, alguien en la cola dirá que le molesta el humo de mi cigarrillo. Una pena.
 
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